viernes, 3 de junio de 2011

La presión lleva a las mutuas a devolver 5.000 millones a la Seguridad Social

Nos hacemos eco de la notícia publicada en El Periodico el 01/06/2011.

En seis años, la devolución de fondos de las mutuas de accidentes de trabajo a la Seguridad Social se ha multiplicado por siete. Los mayores controles por parte del Ministerio de Trabajo y la intervención policial en casos como el de Mutua Universal han permitido aflorar unos 4.400 millones en beneficios que han incrementado la dotación del fondo de prevención y rehabilitación laboral que gestiona la Seguridad Social desde unos 700 millones acumulados en el 2004 a más de 5.000 al finalizar el 2011, según la previsión del Ejecutivo.

Este fondo se nutre de los excedentes declarados por las mutuas, que son entidades colaboradoras de la Seguridad Social que gestionan las cotizaciones de sus empresas asociadas para cubrir los accidentes y la incapacidad. El 80% del beneficio tiene que destinarse a las reservas de las mutuas, mientras que el resto tiene que retornarse al fondo de la Seguridad Social. A partir del 2004 también se aprecia un importante incremento paralelo de las aportaciones a las reservas de las entidades al aflorar más excedentes.

Aunque el Gobierno admite que también ha influido en el crecimiento del fondo la mejora del ciclo económico, atribuye el fenómeno a un seguimiento más riguroso de las cuentas de las entidades empresariales. Hasta el 2004, las mutuas retornaban a la Seguridad Social entre 35 y 62 millones cada año. A partir del 2005, se registra un incremento progresivo de las aportaciones al fondo de prevención hasta alcanzar el máximo en el 2007, con 1.410 millones. Del 2005 al 2010, las entidades retornaron unos 3.900 millones. Para el 2011, la Seguridad Social prevé una aportación de unos 600 millones por los beneficios de sus entidades colaboradoras.



Más información en http://www.elperiodico.com/

martes, 17 de mayo de 2011

Real Decreto 568/2011, de 20 de abril sobre la protección de los trabajadores del mar.

Se ha publicado el Real Decreto 568/2011, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.

El Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar, trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 92/29/CEE del Consejo, de 31 de marzo de 1992, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y salud para promover una mejor asistencia médica a bordo de los buques, modificada parcialmente por la Directiva 2007/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, regula aspectos tales como la dotación de los botiquines de que han de ir provistos los buques, la formación sanitaria de los trabajadores del mar y la existencia de medios de consulta médica a distancia.

En el desarrollo de este real decreto, se han aprobado diversas órdenes ministeriales. Cabe citar la Orden PRE/930/2002, de 23 de abril, por la que se modifica el contenido de los botiquines que deben llevar a bordo los buques; la Orden PRE/3598/2003, de 18 de diciembre, en materia de revisión de dichos botiquines; la Orden PRE/646/2004, de 5 de marzo, por la que se establecen los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de formación sanitaria de los trabajadores del mar y la Orden PRE/568/2009, de 5 de marzo, por la que se modifica el contenido de los botiquines que deben llevar a bordo los buques según lo previsto en dicho real decreto.

lunes, 9 de mayo de 2011

Creación de la Xarxa d'Unitats de Salut Laboral de Catalunya

Desde el 05/04/2011 se puede acceder a la información acerca de la Xarxa d'Unitats de Salut Laboral de Catalunya.

La Llei 18/2009, de 22 d’octubre, de salut pública estableix la salut laboral com un àrea específica, i la defineix com el conjunt d’actuacions, prestacions i serveis sanitaris destinats a vigilar, promocionar i protegir la salut individual i col·lectiva dels treballadors/es.

Els principals objectius de les nostres accions són:
a. Millorar el flux de derivació de les malalties professionals al sistema sanitari específicament dedicat a aquesta finalitat.
b. Mantenir un sistema de vigilància epidemiològica que permeti conèixer eficientment la prevalença de les malalties laborals.
c. Exercir les competències de l’administració sanitària pel que fa a les activitats sanitàries dels serveis sanitaris dels serveis de prevenció de riscos laborals dins de les empreses de Catalunya.
d. Promoure la investigació en el camp de la salut laboral.
e. Altres accions que permetin establir noves línies estratègiques.

Les Unitats de Salut Laboral som unitats de suport i assessorament integrades a la xarxa sanitària pública i formades per professionals sanitaris especialistes en medicina del treball, amb experiència en l’àmbit de salut laboral.

El desplegament de les Unitats de Salut Laboral és una intervenció definida pel Pla de Salut de Catalunya en coordinació amb el Servei Català de la Salut.
Amb la creació de l’Agència de Salut Pública de Catalunya, i derivada d’aquesta, es crea la Unitat de Salut Laboral Central.

En el territori, les Unitats de Salut Laboral es constitueixen en Xarxa amb una distribució estratègica que coincideix amb la delimitació de les regions sanitàries del sistema sanitari de Catalunya.

Mes informació al seguent link:
http://www.gencat.cat/salut/depsalut/html/ca/dir146/index.html

miércoles, 4 de mayo de 2011

Nueva Instrucción Técnica para la protección de los trabajadores al polvo de sales en minería.

El 15 de abril se ha publilcado la nueva Instrucción Técnica Complementaria (Orden ITC/933/2011) 2.0.03 de Protección de los trabajadores contra el polvo, en las actividades de la minería de las sales solubles sódicas y potásicas, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

Esta nueva ITC sustituye a la anterior ITC 04.8.01 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por el Real Decreto 863/1985.

El objeto de esta ITC es el de establecer los criterios y métodos para definir la peligrosidad y el control del polvo en los lugares de trabajo, así como la vigilancia de la salud de los trabajadores, encaminados a la prevención de enfermedades causadas por exposición a polvo en las actividades de la minería de sales solubles sódicas y potásicas, teniendo en cuenta que las condiciones de exposición a polvo no deben suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.



Descarga de la instrucción en http://www.boe.es/

miércoles, 27 de abril de 2011

Estadística de accidentalidad 2010

Siguiendo con la serie de notas sobre accidentalidad, publicamos el siguiente artículo acerca de la estadística de accidentalidad del año 2010.

La última publicación del Ministerio de Trabajo recoge una disminución general de la accidentalidad en el año 2010 con respecto al 2009. Se anotan a modo de resumen algunos comentarios:

  • Disminución del 10,3% del número total de accidentes de trabajo en jornada laboral con respecto al año 2009 (553.915 frente a los 617.440).
  • Disminución del 12,0% de accidentes mortales en jornada laboral; 556 frente a los 632 del 2009.
  • La tipología de accidentes mortales mayoritaria con un 39% son los "infartos, derrames cerebrales y otras patologías no traumáticas". Con un incremento del 10,4% y 216 casos en el 2010 frente a los 241 casos del 2009.
  • Disminución del 6,5% de accidentes "In Itinere"; 73.961 frente a 79.137 en el 2009, de los que 181 casos fueron de carácter mortal. Un 9% menos de los 199 del 2009.
  • Aumento del número de casos de enfermedades profesionales en un 0.5% con respecto al 2009. 16.928 casos en el 2010 y 16.850 casos decalarados en el 2009.

Información obtenida del Ministerio e Inmigración http://www.mtin.es

miércoles, 20 de abril de 2011

Catalunya registró 745 accidentes laborales diarios en 2010

Nos hacemos eco de la noticia publicada en europapress.es

Una media de 745 trabajadores diarios sufrieron un accidente laboral durante 2010 en Catalunya, un 3,96% menos que durante el año anterior, cuando fueron 772 al día, según datos de UGT.

En rueda de prensa, el secretario adjunto de la Secretaría de Política Sindical de UGT, Dionís Oña, ha avisado de que este leve descenso responde a la reducción del número de trabajadores fruto de la destrucción de empleo provocada por la crisis, y no a la actuación de las administraciones.

El sector que más siniestros graves y mortales ha registrado ha sido el de los servicios, con 365 y 57 registros respectivamente, algo que el sindicato achaca a la precariedad laboral.

No obstante, el 38,72% de los siniestros graves en tierras catalanas son 'in itinere', así como el 56,25% de los mortales, por lo que Oña ha reclamado a las empresas que desarrollen planes de movilidad para combatirlo.

También ha subrayado la caída en la declaración de accidentes sin baja y enfermedades laborales desde 2008, que ha atribuido a la "perversidad" de empresas y mutuas, que ocultan estos hechos para conseguir deducciones fiscales.

Oña ha adelantado que los datos de los dos primeros meses de 2011 no apuntan ninguna mejora, ya que se han registrado un total de 37.651 accidentes, y en febrero han incrementado un 25% los mortales respecto al año anterior.


La información completa en el link http://www.europapress.es

martes, 19 de abril de 2011

Actualización del método de evaluación de factores psicosociales F-PSICO del INHST

Texto integro de la página web del INSHT. Fecha 14/04/2011.

Dados los años transcurridos desde el diseño de la primera versión del cuestionario para la valoración de los factores psicosociales diseñado por el INSHT, se creyó conveniente su revisión y actualización, no planteándose un cambio en las bases conceptuales si no una puesta al día que tuviera en consideración posibles nuevas exigencias del trabajo y, por tanto, posibles nuevos factores de riesgo.

Así pues, esta aplicación informática se presenta como una herramienta para la identificación y evaluación de los factores psicosociales. Su objetivo es aportar información para poder identificar cuáles son los factores de riesgo en una situación determinada, permitiendo, por tanto, el diagnóstico psicosocial de una empresa o de áreas parciales de la misma, a partir de los cuestionarios de aplicación individual.
Pueden destacarse algunos cambios como por ejemplo, en cuanto al contenido, la ampliación de indicadores referidos a las exigencias emocionales del trabajo, y la inclusión del tiempo de trabajo, en el que se incluyen aspectos de conciliación. Asimismo se ha incluido algún ítem referido a la posible exposición a conflictos o conductas violentas.

Por otra parte contiene unas fichas de ayuda referidas tanto a la recopilación previa de información (aspectos generales relativos a la tarea, a aspectos organizativos o del entorno) como a la planificación de las actuaciones preventivas.
Partiendo de la consideración de que la evaluación de los riesgos no es un fin en sí misma si no que es una fase del proceso de mejora de las condiciones de trabajo, además de cumplir este objetivo de carácter evaluativo, la aplicación informática incluye información de utilidad práctica para orientar las medidas de intervención que deberían llevarse a cabo en la empresa en el ámbito psicosocial.

Por último es de destacar que el Fpsico 3.0, está diseñado para ser administrado de manera informatizada.

Descarga del programa en la página web del INSHT o en el siguiente link:

Factores Psicosociales. Método de evaluación. Versión 3.0. (zip, 5,48 Mbytes)

viernes, 15 de abril de 2011

Página web sobre la Seguridad vial en la empresa

La DGT y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) han habilitado la web www.seguridadviallaboral.es, en la que se dan a conocer los contenidos para la prevención de accidentes de tráfico laborales.

El portal “Seguridad Vial Laboral”, es un punto de encuentro, para empresas, trabajadores, prevencionistas de riesgos laborales y formadores, creado con el objetivo de compartir información, acciones y contenidos referentes a la prevención de accidentes de tráfico laborales, y contribuir a una mayor concienciación e implicación sobre este tema.

Recomendable el apartado de COSTES DEL ACCIDENTE. Más información en http://www.seguridadviallaboral.es

domingo, 3 de abril de 2011

Previgestion cumple un año en el mercado

El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Previgestion cumple un año en el mercado de la consultoría debido a la respuesta positiva de nuestros clientes que han sabido valorar y reconocer un servicio de calidad y una dedicación prestadas con la máxima dedicación. La oferta de servicios de consultoría de seguridad y salud enfocada a las verdaderas necesidades del cliente son la clave de nuestro reconocmiento.

Estos niveles de calidad en el servicio se han conseguido gracias al potencial humano de los integrantes de Previgestion.

Gracias a todos.

Renovación de la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas del sector de la CONSTRUCCIÓN (REA).

Se abre el proceso de renovación de la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas del sector de la CONSTRUCCIÓN (REA).


En Catalunya según el Decret 102/2008, de 6 de maig, de creació del Registre
d’Empreses Acreditades de Catalunya per intervenir en el procés de contractació
en el sector de la construcció; que regula el Real Decreto Real Decreto 1109/2007,
de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora
de la subcontratación en el Sector de la Construcción, la inscripción en el REA tiene
una validez de tres años y es obligatorio renovarla para seguir ejerciendo las funciones.
La renovación puede solicitarse con 6 meses de antelación a su vencimiento y la no
presentación supone la cancelación de
la inscripción y la imposibilidad para seguir
actuando como contratista o subcontratista.


Article 10

Efectes de la inscripció i renovació

(..) La inscripció té un període de validesa de 3 anys, renovables per períodes iguals a instància de l’interessat.

(..) Les empreses han de sol·licitar la renovació de la inscripció en el Registre d’Empreses Acreditades dins dels sis mesos anteriors a l’expiració de la seva vigència.


Para más información en PREVIGESTION el teléfono 93 163 99 06 o en la página web de la Generalitat http://www.gencat.cat/