miércoles, 30 de noviembre de 2011

La Fundación Laboral de la Madera y el Mueble acuerda la expedición de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el sector

24/11/2011
La Fundación Laboral de la Madera y el Mueble, constituida por la Confederación Española de Empresarios de la Madera (CONFEMADERA), la Federación Estatal de la Construcción Madera y Afines de Comisiones Obreras (FECOMA-CC.OO.) y Metal, Construcción y Afines de UGT, Federación de Industria (MCA-UGT), ha firmado hoy en Madrid un acuerdo para la puesta en marcha de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el sector. 
 
El objetivo de esta tarjeta es acreditar la formación recibida por el trabajador en materia de prevención de riesgos laborales en aquellas actividades y sectores de la madera y el mueble que trabajan en obras de construcción. Dicha tarjeta también acredita el grupo profesional del trabajador y los periodos de ocupación en las distintas empresas en las que esté ejerciendo su actividad.

La Tarjeta Profesional de la Construcción para la Madera y el Mueble, que se expedirá mediante el acuerdo correspondiente entre la Fundación Laboral de la Madera y el Mueble y la Fundación Laboral de la Construcción, tiene las siguientes funciones:

► Acreditar que su titular ha recibido al menos la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales en aquellas actividades y sectores de la madera y el mueble que trabajan en obras de construcción.
► Certificar el grupo profesional de su titular y su experiencia profesional.
► Acreditar la formación recibida.
► Facilitar el acceso a los servicios de la Fundación Laboral de la Madera y el Mueble.

Pueden solicitar la Tarjeta los trabajadores en alta, o en situación de incapacidad temporal, que presten sus servicios en las empresas encuadradas en los sectores de actividad del CNAE 16 y 31 de la industria de la madera y el mueble que trabajen en obras de construcción. Asimismo pueden ser beneficiarios de la misma los trabajadores en desempleo siempre que tengan acreditados, al menos, treinta días de alta en las empresas encuadradas en dichos sectores, en el período de treinta y seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud. En todo caso, será requisito imprescindible para la obtención de la Tarjeta haber recibido, al menos, la formación inicial mínima en materia de prevención de riesgos laborales para las actividades y sectores de la Madera y el Mueble que trabajan en obras de construcción.

La TPC tendrá una duración de 5 años, renovable, y podrá solicitarse en la delegación territorial de la Fundación Laboral de la Madera y el Mueble donde el trabajador haya recibido la formación correspondiente, donde vaya a desempeñar su actividad o en las entidades con las que la Fundación  haya suscrito el correspondiente convenio de colaboración.

La Fundación Laboral de la Madera y el Mueble y la Fundación Laboral de la Construcción deberán acordar, ahora, el procedimiento de trabajo en relación a la expedición de la Tarjeta, homologación de las acciones formativas de los centros de formación, uso y desarrollo de la aplicación informática de gestión del sistema acreditativo, y demás detalles necesarios para la aplicación de un sistema único de acreditación.

domingo, 20 de noviembre de 2011

Real Decreto 1622/2011, de 14 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Las sociedades de prevención en las que participen las mutuas podrán realizar con otras sociedades de prevención o con terceros operaciones de fusión y demás modificaciones estructurales relacionadas con dichas sociedades, previo informe, en su caso, de la Comisión Nacional de la Competencia, y con sujeción a lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y sus disposiciones de desarrollo.
Para poder iniciar las operaciones mencionadas será requisito necesario e imprescindible que se haya producido la efectiva segregación de los medios atribuidos a la sociedad de prevención y, en concreto, que esté concluida la separación de las mutuas como servicio de prevención ajeno, para lo cual se requerirá auditoría previa de la Intervención General de la Seguridad Social
(…) Durante un periodo transitorio de tres años desde la entrada en vigor de este real decreto, la denominación de las sociedades de prevención constituidas al amparo de lo establecido en el Real Decreto 688/2005, de 10 de junio, podrán conservar el nombre de la mutua, la expresión «mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social» o su acrónimo «MATEPSS».

jueves, 17 de noviembre de 2011

El Gobierno agrupa en dos reservas todos los excedentes de las mutuas

Texto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 11/11/2011

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que reúne en dos reservas todos los excedentes constituidos por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La norma apuesta por la transparencia en la gestión de los presupuestos y de las reservas de las mutuas. Todas las reservas se unifican en dos, las inversiones de las dotaciones de las mismas se regulan, se crean incentivos a la gestión más eficiente tanto en el ámbito de las mutuas como en el de las empresas, y se permite a aquellas una gestión más flexible de las sociedades que constituyeron para gestionar servicios de prevención, que pueden refundirse o segregarse definitivamente.

La misma transparencia se prevé en el sentido de hacer más representativas las juntas directivas. Las mutuas tendrán un año de tiempo para adaptar sus Estatutos a la Ley 27/2011, que contempla la presencia en las Juntas de representantes de las empresas con mayor número de trabajadores mutualizados, de las organizaciones empresariales representativas y de las organizaciones sindicales. Los trabajadores podrán participar, tal y como prevé la Ley, en los cambios de mutua de las empresas, conociendo la posición tanto de la empresa como de las mutuas y la Administración, aunque la decisión final reside libremente en el empresario.

El Gobierno regula la asistencia sanitaria y de recuperación dispensada por las mutuas

Texto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 11/11/2011

El Consejo de Ministros ha aprobado a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, un Real Decreto por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

El objetivo es dotar de mayor eficacia y racionalización al uso de los recursos públicos gestionados por estas organizaciones, se genera así un importante ahorro económico tanto para la Seguridad Social como para las propias mutuas al tiempo que se mantiene el nivel de exigencia en la atención sanitaria y de recuperación.

A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, las mutuas deberán usar preferentemente, en ausencia de recursos propios adecuados, los que tengan disponibles otras mutuas. También podrán firmar convenios con los servicios de salud para atender demandas de salud de la población en general, o para prestar servicios a sus trabajadores protegidos.

Se trata de optimizar los medios de que disponen las mutuas para la prestación de la asistencia sanitaria así como la coordinación con el resto de medios públicos en esta materia, bien de otras mutuas o bien de las Administraciones Públicas sanitarias. En este sentido hay que destacar la insistencia del Tribunal de Cuentas que ha señalado un uso insuficiente de los recursos asistenciales de las mutuas -en especial de los hospitalarios- y el excesivo recurso a la contratación de medios privados.

Además, este nuevo texto legal se ocupa de regular los precios que se aplicarán cuando las mutuas proporcionen servicios sanitarios a quienes carecen del derecho a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social o en aquellos casos en que sí tienen derecho pero existe un tercero obligado a su pago; también en los supuestos de personas ajenas a su colectivo de trabajadores o con otras mutuas con las que no se mantienen acuerdos.

Este tipo de prestaciones que se financian con recursos que forman parte del patrimonio de la Seguridad Social, obligan a la Entidad a mantener una relación ecuánime con empresas, trabajadores y mutuas. La asistencia sanitaria y recuperadora debe entenderse entre la totalidad de la población protegida y el conjunto de los recursos asistenciales y éste es el objetivo último del Real Decreto aprobado hoy en el Consejo de Ministros.

viernes, 11 de noviembre de 2011

Acuerdo en materia de formación, cualificación, empleo, negociación colectiva y prevención de riesgos laborales en el sector agroalimentario.

Resolución de 26 de octubre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo en materia de formación, cualificación, empleo, negociación colectiva y prevención de riesgos laborales en el sector agroalimentario.

El presente acuerdo tiene por objeto:
– Desarrollar actuaciones encaminadas a facilitar la formación permanente de los trabajadores, empresarios y cooperativistas del sector agroalimentario.
– Desarrollar y actualizar las capacidades profesionales de los trabajadores, empresarios y cooperativistas del sector agroalimentario con el fin de contribuir a la determinación de las cualificaciones y competencias profesionales específicas del sector, como base para la identificación de la formación, orientación e inserción profesional más adecuadas a las necesidades individuales y colectivas de los trabajadores y empresas.
– La mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo así como la capacitación destinada a incorporar formas de producción respetuosas con el medio ambiente.
– La reducción constante y significativa de la siniestralidad laboral y el acercamiento a los valores medios de la Unión Europea, tanto en lo que se refiere a los accidentes de trabajo como a las enfermedades profesionales.
– Fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación de trabajadores, empresarios y cooperativistas en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo con la aplicación de cuantas iniciativas tengan a bien ejecutar en beneficio de este acuerdo y de acuerdo al Objetivo 3 de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo.

La duración será de cinco años prorrogables automáticamente en caso de no mediar denuncia expresa de las partes dentro de los tres últimos meses de su vigencia inicial o de cualquiera de sus prórrogas.

jueves, 3 de noviembre de 2011

GRUPO SGP firma un acuerdo con ACRA para la elaboración de Planes de Autoprotección en Catalunya

Grupo SGP ha firmado un acuerdo con ACRA (Associació Catalana de Recursos Assistencials), para la realización de Planes de Autoprotección conforme a las directrices establecidas por el Decret 82/2010 de 29 de Junio, por el que se aprueba el Catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas
de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas.

Además del acuerdo de cooperación en el área de Planes de Autoprotección, GRUPO SGP colaborará con ACRA en la realización de los programas formativos de Primeros Auxilios, formación DEA para el uso de desfibriladores y formación en Emergencias. El acuerdo se extenderá al área LIVESAVER SERVICES de comercialización de desfibriladores automáticos.

Para más información: info@grupo-sgp.com

El móvil que evita accidentes

Noticia aparecida en elmundo.es el 31/10/2011.
La prevención de riesgos laborales es una labor que aún descuidan muchas empresas. Hasta el año 1995, esta tarea clave ha contado con poco peso en la organización de las empresas vascas y sólo ha sido durante esta última década cuando los rectores de las compañías han sido conscientes de la importancia de una labor que "mejora no sólo los puestos de trabajo que se ofrecen a los empleados, sino también la salud de los propios trabajadores", indica Paul Mínguez, socio director de Akting.

Esta empresa guipuzcoana ha desarrollado un sistema de aviso por geoposicionamiento que permite informar a los trabajadores sobre las "medidas preventivas para evitar posibles accidentes laborales". Una aplicación que ha merecido el premio de la edición 2011 de la prestigioso galardón regional Galileo Masters.

La firma vasca ha diseñado un dispositivo que posibilitará informar ‘in situ’ a los trabajadores de diversos gremios sobre los peligros que implican determinadas situaciones en su jornada laboral. "Vimos que no existía una herramienta informática hasta la fecha que hiciera accesible esta valiosa información tanto a la empresa contratante como para la firma subcontratada. Es una aplicación que puede satisfacer un nicho de mercado hasta ahora no cubierto», explica el ingeniero donostiarra.

La idea innovadora comenzó a gestarse a mediados del año 2010 cuando Paul Mínguez y un grupo de expertos en el ámbito de la prevención de riesgos laborales pergeñaron el diseño de esta aplicación pionera. "Una de nuestras empresas cliente detectó que no existía un software que sirviera para detectar estos peligros que acechan a la actividad cotidiana de los empleados de su empresa".

A partir de esta sugerencia los responsables de la firma Akting optaron por activar este proyecto innovador. Así, tras más de un año de trabajo, Minguez y su equipo ha logrado dar con un dispositivo que incorporado al smartphone –embebido en el móvil–, ofrece al trabajador el conocimiento de los riesgos laborales a los que se puede enfrentar y que así "valore la peligrosidad de su trabajo, tomando las medidas oportunas que le indica este sistema", añaden desde el equipo responsable del proyecto.

En la práctica la aplicación consta de cinco áreas bien diferenciadas. La primera está orientada a la prevención "genérica" de los riesgos laborales, mientras que una segunda parte está diseñada para coordinar las actividades desempeñadas en cada puesto de trabajo. "Si, por ejemplo el gremio de instalaciones eléctricas requiere una documentación exacta de las herramientas de seguridad, esta aplicación le permite disponer de esta información para evitar posibles accidentes", describe.

Una tercera parte de la que consta esta aplicación tiene relación con la planificación de estas medidas preventivas a lo que se une la "gestión de las anteriores funciones".

Por último, la herramienta móvil incorpora un dispositivo tecnológico que la diferencia de otras medidas preventivas. No en vano, se trata de un dispositivo de geposicionamiento que está embebido en el propio ‘smartphone’ y que posibilita los empleados, una vez llegan a su puesto de trabajo, enfocar con la cámara de su celular el radio de acción de la máquina. "Podrá así recibir un aviso con una sistema de alertas que incorpora un dispositivo acelerómetro que le indica el lugar preciso en el que se encuentran las herramientas o vestuario de seguridad".

"Puede a través de la pantalla del móvil visualizar la ubicación exacta de las botas, guantes casco de seguridad", añaden desde el equipo responsable del proyecto.

"Con esta aplicación intentamos satisfacer todos los aspectos; por un lado ofrecer un cauce de información bidireccional tanto para que los trabajadores se sientan seguros en su puesto laboral como para que propia empresa cumpla su labor de seguridad".

La aplicación ideada por Akting es gratuita, con una clave de acceso personalizada y los usuarios pueden "descargársela en la tienda virtual de Apple Store como en Android Market". "Esperamos madurar el proyecto durante un año y estará coordinado durante este periodo por nuestro promotor Xabier Moraza".

La principal ventaja que ofrece esta herramienta a los trabajadores se halla, en palabras de este ingeniero vasco, el de poder disponer de "una herramienta portable" para realizar consultas sobre como tiene que actuar en "momentos determinados ante riesgos potenciales para lo que cuenta con un manual on line que le indican los dispositivos o instrumentos que debe emplear", concluye.