viernes, 15 de febrero de 2013

El TSJIB absuelve a una cadena de supermercados que despidió a una gerente por vejar continuamente a sus trabajadores

Europapress.es

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha absuelto a una cadena de supermercados nacional tras ser demandada por una exgerente que fue despedida por el trato vejatorio al que de forma reiterada sometía a sus trabajadores en uno de los centros con los que la empresa cuenta en Mallorca. Empleados que fueron amenazados y hasta retenidos durante horas por la demandante quien, según el tribunal, abusó de este modo de las gestiones que le fueron encomendadas.

   La resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, confirma de esta forma la sentencia que en primera instancia desestimaba la demanda presentada por la autora de estos hechos, quien acudió a los tribunales tras ser despedida ante los continuos insultos, reprimendas y amenazas que profería a los trabajadores que se encontraban bajo su mando, lo que, según la carta de despido de la empresa, quebrantó "de manera muy grave el buen orden y paz social que debe reinar entre los compañeros de un centro de trabajo".

   Así, expresiones, a veces a tienda abierta, como "guarra", "no te soporto y pienso amargarte la vida hasta que te echen a la calle", "vas para atrás como los cangrejos", "inútil, no vales para nada", "te tendrían que dar una muerte cerebral y tus hijas se quedarían descansando" y "los veteranos sois escoria", además de actitudes como las de retener durante horas a trabajadores en su oficina para reprenderles hasta provocar estados de ansiedad y llantos, motivaron la intervención del Servicio de Prevención que culminó, tras un proceso de averiguaciones, con el despido de la responsable.

   "Resulta evidente que el trato y consideración que la actora, coordinadora de un centro de trabajo con más de 50 trabajadores, a algunos compañeros y sobre todo a subordinados de forma reiterada", asevera el tribunal, "no sólo constituye una falta muy grave de respeto y consideración a los mismos, con indicios suficientes de constituir un acoso laboral, sino un abuso de las gestiones encomendadas por la empresa como coordinadora-gerente", sin que se produjeran de forma aislada "sino reiteradamente". 

   De hecho, la carta de despido de la exgerente apuntaba que podía tratarse "de un grave caso de 'mobbing' o acaso moral" hacia los trabajadores, llegando a la conclusión, tras las manifestaciones de los empleados afectados, de la existencia de "graves problemas de clima social" que afectaban "muy directamente al estado anímico" de los trabajadores a su cargo y que, consecuentemente, se veían reflejados "en definitiva en la atención al cliente".

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