Ya se puede encontrar en la red el proyecto de Real Decreto que establecerá los requisitos mínimos para el desarrollo de la actividad sanitaria de los Servicios de Prevención.
Según el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo en su Disposición final primera ya establecía un plazo de desarrollo de esta normativa:
“Acuerdo de criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.
Los Ministerios de Sanidad y Política Social y Trabajo e Inmigración, en el plazo de cuatro meses a partir de la entrada en vigor de esta norma, aprobarán conjuntamente un real decreto que contenga el marco jurídico del Acuerdo de criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención, una vez acordado por las autoridades sanitarias en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y oído por
En el fondo este Real Decreto le da rango legal al “Acuerdo de Criterios Básicos sobre la Organización de Recursos para Desarrollar
Para una mayor ampliación del proyecto se puede leer el artículo de
http://www.larazon.es/noticia/4967-estocada-a-la-salud-laboral
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