lunes, 30 de septiembre de 2013

Extinción de Corporacion Mutua y Suma Intermutual.


Según lo dispuesto en el Real Decreto 701/2013, de 20 de septiembre en su artículo 3, se disuleven y liquidan Coporación Mutua (www.corporacionmutua.com) y Suma Intermutual (www.sumaintermutual.es).

Coporación Mutua compuesta por MC Mutual, Ibermutuamur, Solimat, Union de Mutuas, Mutualia, Mutua Gallega y Cesma.
Suma Intermutual compuesta por Mutua Montañesa, MAZ, UmiVale, Egarsat y Mutua Navarra.

(...) Disposición transitoria primera. Actuaciones liquidatorias de las entidades mancomunadas de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
1. En el plazo de un mes desde la fecha de su disolución, las Juntas de Gobierno de Corporación Mutua y Suma Intermutual propondrán al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de entre sus miembros, a las personas que deban actuar como liquidadores. A tal efecto será de aplicación el procedimiento establecido en el artículo 34.6 del Reglamento sobre Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.
Los liquidadores tomarán posesión de sus cargos en el plazo no superior a quince días a partir de su designación, asumiendo el gobierno directo de la entidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la Junta de Gobierno.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social podrá designar a uno o varios funcionarios para que actúen como Interventores en el proceso liquidatorio.

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